Por las razones precedentemente señaladas, este Juzgado Segundo de Ejecución de penas y medidas del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Niega la concesión de Redención de la Pena por el Trabajo y estudio solicitada por la Junta de Rehabilitación laboral y Educativa del Internado Judicial Falcón de fecha 26 de Febrero de 2004 al penado JOSÉ MARCELINO YEPEZ TOVAR quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.959.924, de oficio obrero, residenciado en el sector La villa, calle principal, san Juan de los cayos, Municipio Acosta del Estado Falcón, actualmente recluido en el Internado Judicial de esta ciudad, y solicita a la Junta de rehabilitación Laboral y Educativa del Internado Judicial de Falcón a verificar los lapsos durante el cual el precitado penado laboró en dicho Centro penitenciario para su remisión a este Tribunal de Ejecución a efectos de pr.....