En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Niños y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
UNICO: Inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado Giovanny Arévalo Artuza, en representación del ciudadano EDUARDO CHAVEZ BOCOURT, contra la sentencia dictada el día 21 de febrero de 2005, por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
Remítase el expediente al Tribunal de la causa, en su oportunidad correspondiente, para que dé el trámite respectivo.
Agréguese, diarícese y publíquese.