Como consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere declara. CULPABLE a la acusada: MABEL MARIA FLORIAN SALAS, venezolana, titular de la cedula de identidad Nº 19.648.756, soltera, nacido en fecha: 19-11-88, profesión u oficio: Trabaja en casa de familia, con 2° grado de instrucción, Hija de Nelly Josefina Salas y Misael Florián, residenciada en Calle Uruguay con Porlamar, casa Nº 34, del Barrio Andrés Eloy Blanco de Punto Fijo, teléfono: 0416-9620846, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÒN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÒPICAS, previsto en el artículo 31 en su tercer aparte de la ley especial que rige la materia y se le Condena a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, SEÌS (06) MESES DE PRISIÓN. Se fija como fecha Provisional para la Culminación de la Condena el día.....