Por los razonamientos antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS FALCON Y LOS TAQUES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUEBLO NUEVO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y la consecuente EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL tal como lo prevé dispositivo legal N° 48 en su numeral 8 del Código Penal Venezolano y de conformidad con el artículo 615 de la Ley para la Protección de niños, niñas y adolescentes.
Publíquese en Pueblo Nuevo, a los dieciséis (16) Días del mes de Marzo del año Dos mil Doce (2012) siendo las 2:00 pm y quedó registrada bajo el N° 184.
La Jueza Provisoria
ABG. JOHANA GABRIELA ROMAN GONZALEZ
Jueza Segunda de los Municipios Falcón y Los Taques
la Circunscripción Judicial del Estado Falcón
La Secretaria Titular
ABG. DALIA VETANCOURT ARIAS
NOTA: En ésta misma fecha se cumplió con lo ordenado anteriormente.
La Secre.....