este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Resolver: De conformidad con lo previsto en el artículo 26 del texto Constitucional en representación del Estado tiene el deber de Garantizar ese derecho constitucional de acceso a la justicia, emitiendo un pronunciamiento en forma celere, expedita e imparcial y se pronuncia en los siguientes términos: Primero: En cuanto a lo que respecta al particular primero invocado por el Querellante, a los fines de verificar la efectividad de la citación practicada por este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 409 de la norma adjetiva penal acuerda oficiar a la oficina de alguacilazgo para que remita a este Tribunal a la mayor brevedad posible las resultas de la Boleta de Citación practicada al ciudadano: ULICES ANTONIO DA ACOSTA GOMEZ GUTIERREZ, plenamente identificado en el asunto, en su condición de q.....