DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Tercero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara sin lugar la solicitud Fiscal y Decreta la imposición de la MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, establecida en el articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, Ordinal 1°, consistente en ARRESTO DOMICILIARIO, en su residencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano: YOELVI JOSÈ MONTERO QUERO, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.108.310, nacido en fecha 10-09-1973, de 38 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, Hijo Ovidio Montero Carmen Quero, residenciado: barrio Antonio José de Sucre calle negro primero, casa Nª 5, frente al preescolar básico la Vela. Estado Falcón. Considera este Tribunal de conformidad a lo establecido en el artículo 248 la.....