DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos antes señalados en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte su HOMOLOGACION a la TRANSACCIÓN celebrada en el presente procedimiento, por las partes, Abog. ALEXIS JESÚS FANEITE PERDOMO, con el carácter de demandante, y el Abog. OTTO SÁNCHEZ NAVEDA, con el carácter de apoderado judicial de la empresa demandada, COMPAÑÍA ANÓNIMA SEGUROS CATATUMBO, en fecha 12 de abril de 2013; dándosele el carácter de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ARCHÍVESE EL PRESENTE EXPEDIENTE.
Déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Dado firmado y sellado, en la Sala del despacho del Juzgado Primero del M.....