este tribunal de Primera Instancia en Función de Tercero de juicio, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, Resuelve: CON LUGAR la solicitud efectuada por la ciudadana abogada YRENE TREMONT, actuando en este acto en nombre de su defendido ciudadano: JOSE RICARDO ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V- 20.932.475, quién actualmente cumple la medida de arresto domiciliario en la siguiente dirección: Urbanización Independencia Cuarta (IV) Etapa, calle 01, casa N ° 14, del Municipio Miranda de Coro y quién a partir de la presente fecha se le imponen las Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de libertad de las establecidas en los numerales 3°, 4°, 6° del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, las cuales consisten en: Presentaciones periódicas cada OCHO (08) días ante éste Tribunal Tercero de Juicio; Prohibición de salir del Estado Falcón y La prohibición de comunicarse con la ví.....