En tanto por todas y cada una de las motivaciones antes explanadas es que éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en ésta ciudad de Punto Fijo, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, atinente la misma al arresto domiciliario en su morada a tenor de lo preceptuado en los Ordinales 3°, 4° y 5° del Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación periódica todos los días Sábados en un horario de 8:00 de la mañana, a 2:00 de la Tarde, la Prohibición de salida del Estado Falcón, si autorización del Tribunal, y la prohibición de acercarse a la víctima, al imputado Rafael Ernesto Hernández Perozo, titular de la cédula de identidad Nº 7522172 que vive en Avenida Ramón Ruiz Polanco Barrio Josefa Camejo N 45, oficio: chofer. Hijo de Magdaleno Hernández y Aura de Hernández, por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el articulo 411 del Código Penal Venezolano,en perjuicio de.....