En consecuencia, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento a lo establecido en la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, resuelve que en las presentes actuaciones se llenan loe extremos de ley para DECLARAR TÍTULO SUFICIENTE y ACREDITAR EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la ciudadana MARÍA ROSA BATISTA REYES DE GONZÁLEZ, quien en vida fuese, de nacionalidad española con residencia en Venezuela, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº E-576.348, en su condición de HIJA, a la ciudadana: MARIA FE GONZALEZ BATISTA, venezolana por naturalización, titular de la cedula de identidad N° V-6.085.589.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DIARÍCESE.
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