Por las razones y fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA CONVERSIÓN del resto de la pena que le falta por cumplir, al penado: CARLOS ALEXIS ZAVALA PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad: V- 11.474.325, actualmente recluido en la Comandancia General de Policía del Estado Falcón, quién residirá en la siguiente dirección: Barrio Cerros de Marín, calle 76, casa N° 2C-41, Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en CONFINAMIENTO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 53 del Código Penal en concordancia con lo establecido en el artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal; en virtud de haber cumplido dicho penado, las ¾ partes de la pena impuesta; terminando de cumplir la sujeción a la vigilancia de la autoridad por 1/3 parte del tiempo que le.....