PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD E INTERES DE LA DEMANDANTE CIUDADANA DIANA GOMES PARA SOSTENER EL PRESENTE JUICIO, en lo que respecta al período que va desde el 21 de Abril de 2004 hasta el 20 de Febrero de 2006, ambas fechas inclusive, alegada por el Apoderado Judicial de la parte demandada Empresa EDITORIAL NUEVO DIA, C.A., Abogado PEDRO LUIS NAVEDA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.879, en el escrito de contestación de demanda, de fecha 12 de Noviembre de 2007; SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoada por la ciudadana DIANA GOMES, contra la empresa EDITORIAL NUEVO DIA, C.A., (los cuales han sido suficientemente identificados en las actas procesales que conforman el presente expediente), cuyos fundamentos y razones se expusieron en la parte motiva de la presente sentencia; TERCERO: No hay condenatoria en Costas de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.