Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control con Sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley le Confiere DECLARA: PRIMERO: Con Lugar la solicitud fiscal y en consecuencia decreta el Decaimiento de la Medida Privativa de Libertad, para el ciudadano JHON MAIKEL JOSE ISEA MATA, venezolano, titular de la cédula de identidad V-20.269.274, de 25 años de edad, concubino, nacido en Coro, el día 19-10-1989, Obrero, domiciliado CIUDADELA CON NUESTRA VICTORIA CASA N° 32 Municipio Miranda del estado Falcón; SEGUNDO: Se impone al ciudadano Moisés Davalillo; las siguientes medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad establecidas en los ordinales 3 y 4 las cuales consisten en: PRESENTACION PERIODICA CADA QUINCE (15) DIAS POR ANTE ESTA SEDE JUDICIAL Y LA PROHIBICIÓN DE SALIDA DEL ESTADO FALCON.