En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1. PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de Indemnización de daños morales, materiales y lucro cesante incoado por el ciudadano ALEJANDRO JOSE MALAVE ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.057.998 en contra de TABAFALCON C,A, y se ordena el pago de la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES (BF. 500.000,oo), por concepto de daño moral.-
2. No hay especial condenatoria en costas dada la decisión dictada.-
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada para el archivo.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-