SE Revoca la Medida de Colocación Familiar Provisional y DECRETA MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR CON MIRAS A LA ADOPCIÓN, a favor del niño, (............), de dos (02) años de edad, de conformidad con lo estipulado en el artículo 493-O de la Ley especial citada, por lo que se acuerda la permanencia ininterrumpida del niño en el hogar de los ciudadanos AMERICA JOSEFINA AVARIANO DE YANEZ Y JOSE ELEUTERIO YANEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros 6.514.309 y 11.484.158 respectivamente, ambos residenciados en : Avenida Intercomunal Guarenas-Guatire , Urbanización El Márquez, sector Los Gorriones, edificio Nº 11, apartamento 11-C, planta baja. Estado Miranda. En tal sentido se ordena oficiar a los miembros de la Oficina Metropolitana de Adopciones adscrita al Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, con el objeto de informarles a cerca de la medida dictada, remitiendo para ello copia certificada de la decisión. Cúmplase lo ordenado.
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