PRIMERO: La apoderada judicial de la parte demandada en nombre de su mandante acuerdo pagarle en un único pago, mediante cheque Nº 24009049, del Banco Mercantil, a cargo de la cuenta Nº 0105-0215-27-2215009049, por la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (BS. 200.000,00), a favor de la ciudadana GISELA PADILLA, por los conceptos establecidos en el documento transaccional que presentaron las partes en la audiencia preliminar la cual este tribunal da por reproducido de forma integra en la presente sentencia, documento que regula y establece los términos del acuerdo celebrado entre las partes en el presente juicio, de forma detallada conforme a derecho.
SEGUNDA: La parte actora aceptó el ofrecimiento, libre de apremio y coacción y manifiesto su conformidad con la cantidad entregada, por lo que expuso que nada le adeudaría la parte demandada ni tiene que reclamar ni en el presente ni en el futuro por los concepto demandados en el presente juicio.
TERCERO: Las partes llegaron a la media.....