Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el Recurso de Apelación incoado por el Abogado WILMER BRACHO, en su cualidad de Defensor Privado, en representación de del ciudadano NIXON HORACIO GOMEZ, en contra del auto dictado por el Juzgado Primero de Control, de este Circuito Judicial Penal, en fecha 03 del Diciembre de 2004, con ocasión a celebración de Audiencia de Presentación realizada en asunto penal signado con el número IP11-S-2004-006833, y en la que el mencionado Tribunal de Control Impuso al ciudadano antes identificado del auto de detención dictado por el extinto Juzgado Superior Penal en fecha 09-09-94; ordenando la reclusión inmediata al internado Judicial del ciudadano ya referido al Internado Judicial por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional previsto y .....