Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida contra el joven imputado (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), venezolano, quien al momento de ocurridos los hechos contaba con 17 años de edad, estudiante, soltero, titular de la cedula de identidad Nº (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), residenciado en (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA) Municipio Los Taques del Estado Falcón, por estar presuntamente incurso en la comisión de uno de los delitos CONTRA EL ORDEN PUBLICO, específicamente PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en los artículos 272 y 277 del Código Penal, según lo dispuesto en el artículo 562 de la Ley Orgánic.....