Por todo lo anteriomente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PENA CUMPLIDA en la presente causa instruida en contra del ciudadano NUÑEZ GONZÁLEZ ALEXANDER JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.589.469, domiciliado en el Sector Monte Claro, calle J-K, entre Av. 5 y 4, Nro. 35 Maracaibo Estado Zulia, conforme a lo previsto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrense las correspondientes Boletas de Notificación al precitado ciudadano, a la Defensa, al Fiscal Sexto del Ministerio Público del Estado Falcón. Asimismo líbrese oficio a la División de Antecedentes Penales con copia certificada de la presente decisión. Cúmplase.
El Juez (E) de Ejecución
Abg. Kervin E. Villalobos M.
La Secretaria,
Abg. Yrene Tremont.
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