JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACION, UNION, BOLIVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio hecha por los ciudadanos: ALANS JOSE PETIT PACHECO Y YELITZA FIORELA CORDERO QUERALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros: V-10.700.607 y 10.700.063, respectivamente, domiciliados en la Población de Churuguara, Municipio Federación del Estado Falcón, debidamente asistidos de la abogada MONICA MORENO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.919, y en consecuencia queda DISUELTO el vinculo matrimonial que los une contraído por ellos en fecha 29 de enero de 1994, por ante este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS FEDERACIÒN, UNIÒN, BOLÌVAR Y SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÒN, OFICIESE AL REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, a los fines de estampar la Nota Marginal correspondiente.
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