En consecuencia, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
UNICO: CON LUGAR la Inhibición formulada por la Abogada PATRICIA CAROLINA DÍAZ DÍAZ en su carácter de Jueza Provisoria del Juzgado Tercero de Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, por haber demostrado la existencia de la causal contenida en el ordinal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese, publíquese inclusive en la página web, déjese copia de la decisión en el archivo del Tribunal. Notifíquese mediante oficio al Tribunal que ha declarado su incompetencia subjetiva, y remítase el presente expediente al Juzgado Distribuidor del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, para que éste a su vez, remita el expediente al Juzgado que por distribución le correspondió .....