SE DECLARA LA SEPARACION DE CUERPOS en los siguientes términos: PRIMERO: Se decreta la separación legal de cuerpos, ambos cónyuges estarán en residencias diferentes, SEGUNDO: En cuanto a los bienes de la sociedad conyugal no hubo ningún bien común durante la Unión conyugal hasta la fecha de hoy, a partir de este decreto de SEPARACION DE CUERPOS cada uno podrá adquirir sus bienes propios sin que formen parte de ninguna comunidad de gananciales.
Notifíquese al Fiscal Octavo del Ministerio Público del Estado Falcón y Fórmese expediente.
EL JUEZ
ABOG. SIMON RAMIREZ.- LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA
NOTA: En la misma fecha se formo expediente quedando anotado bajo el Nº 518-2011. Conste.- LA SECRETARIA.
ABOG. KARINA ARCAYA BEAUJON.