De igual modo, se acuerda solicitar información al Tribunal Quinto en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, por ser el tribunal a la orden del cual se encuentran el imputado, para que en un lapso no mayor de CUARENTA Y OCHO (48) horas una vez recibida la solicitud de este tribunal, informe sobre:
• El sitio actual de reclusión del ciudadano VICTOR JOSE MARIN VARGAS, titular de la Cédula de Identidad N° 9.527.374, presuntamente imputado en el asunto penal N° IP01-P- 2013- 006212.
• Si existe en el asunto penal N° IP01-P- 2013- 006212 alguna solicitud de traslado del referido imputado, persona o entidad que realiza la solicitud, motivos que sustentan la misma, y si existe alguna resolución judicial al respecto.
Todo ello de conformidad a lo establecido en el articulo 23 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales a los fines de resolver efectivamente la Acción de Amparo interpuesta por los Abogados Euro Colina y Mariangelica F.....