Por las razones expuestas, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO efectuado por los apoderados judiciales de las partes, los abogados URBANO JOSE MORENO MARIN y ORLANDO DAVID GARCIA OVIEDO en el presente juicio Desalojo de Inmueble seguido por la ciudadana EULALIA ANTONIA BORREGALES DE COLINA, actuando en nombre propio y de los ciudadanos IVAN JOSE COLINA PETIT, ELVIS JOSE COLINA BORREGALES, JUDITH COROMOTO COLINA BORREGALES, ELY ANTONIO COLINA BORREGALES, JOSE LUIS COLINA BORREGALES, YARITHZA EMILIA COLINA BORREGALES y ARGENIS JOSE COLINA BORREGALES, en contra del ciudadano ILDEFONSO COLINA JORDAN, en los mismos términos y condiciones por ellos expuestos en la diligencia suscrita en fecha 13 de abril de 2009, dándole el carácter de cosa juzgada; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 263 y 264 del .....