Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por el abogado PEDRO LUIS NAVEDA SANCHEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 25.879, quien es apoderado judicial de la SOCIEDAD MERCANTIL CLÍNICA VIRGEN DE GUADALUPE C. A., inscrita por ante el juzgado de I de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en fecha 22 de Enero de 1988, bao el Nº 11, tomo 11, tomo B, modificado sus estatutos en varias oportunidades siendo la ultima de ellas por ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, en fecha 18 de febrero de 2004, bajo el Nro 46, Tomo 3-A, de los libros de Regist.....