DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR EL PUNTO PREVIO DE INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA OPUESTO POR LA PARTE DEMANDADA. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano SAUL ANICASIO AÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 16.196.773, en contra de la Empresa CONSORCIO TRANSMEICA y como Tercero interviniente PDVSA PETROLEO S.A. por la razones que se explanan en la parte motiva de la decisión. TERCERO: se condena a la empresa demandada Sociedad Mercantil CONSORCIO TRANSMEICA, y solidariamente al tercero interviniente PDVSA PETROLEO S.A. al pago de la cantidad de Once Mil Ochocientos Setenta y Uno Bolívares con Cero Céntimos (Bs. 11.871,00) por concepto de DEMORA EN EL PAGO DE LA LIQUIDACIÓN FINAL. CUARTO: Se condena en costas a la parte perdidosa de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ordena la indexación de la cantidad ordenada a cancelar en caso de darse la Ejecución Forzosa, de conformidad con lo establecido en el a.....