En consecuencia, observándose que la parte codemandada, ciudadana MARIA ISABEL TORREALBA DE HETTMANN, plenamente identificada, actuó en el expediente asistida de abogado, a través de diligencia en la cual otorgada poder Apud Acta en el presente expediente, lo ajustado a derecho es considerar a la parte accionada como citada de conformidad con lo establecido en el artículo citado. Visto además, que consta en los autos del presente expediente que en fecha 19 de marzo del presente año, fue practicada la citación del codemando, ciudadano FEDERICO C. TORREALBA, estando así citados todos los demandados del presente juicio, es por lo que a partir del día de despacho siguiente inmediato a este, comenzara a computarse el lapso de contestación, la cual podrán efectuarla los demandados antes mencionados en un lapso de veinte (20) días de despacho a tenor de lo dispuesto en el artículo 359 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-