Por todo lo antes señalado, este Tribunal Primero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo. Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela Y por Autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: La Nulidad Absoluta del Auto de Firmeza de fecha 24 De Abril 2004, (folio, 221). Que Decreta Definitivamente firme la Sentencia Condenatoria, por ser violatoria a las exigencias del Articulo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, al no permitir que transcurriera la integridad de los Diez días hábiles para que las partes recurran de sus fallos, constituyendo una violación a los Derecho y Garantías procesales y Constitucionales. Articulo 49, ordinal 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, todo de conformidad con el artículo 195 del Código Orgánico Procesal. Asunto que cursa bajo el numero: 1P11P-2003-000104 como penado el Ciudadano MARCOS GREGORIO MORALES TROMPIZ, plenamente identificado en Autos, por la .....