Por los fundamentos expuesto, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de La Ley, DECLARA al ciudadano PETIT ISMAEL SEGUNDO, venezolano, titular de la cedula de identidad N V- 11. 803.742, residenciado en la avenida Ramón Medina, casa s/n de esta cuidada. Estado Falcón, Por la presunta comisión del delito APROPIACION INDEVIDA CALIFICADA previsto y sancionado en el Articulo 470 del Código Penal, Medidas Cautelar de las establecidas en el Articulo 256 Ordinal 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal en que consiste en la presentación periódica cada 30 días ante este tribunal en la oficina de Alguacilazgo Y la prohibición de salida de este Estado sin la autorización por el tribunal. Se ordena que la presente investigación se siga tramitando por las directrices procesales atinentes al Procedimiento Ordinario. Quedan notifi.....