este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, DECLARA: INADMISIBLE LA ACUSACION PENAL, presentada por los ABOGADOS VÍCTOR GRATEROL E IVÁN CABRERA, titulares de las cédulas de identidad N°s 10706605 y 13723234, respectivamente, inscritos en el IPSA bajo los números 6873097890, con domicilio procesal en la calle Hernández con calle Falcón, edificio Ferial, planta baja, oficina N° 04, de esta ciudad, actuando con el carácter de apoderados judiciales del ciudadano RICHARD GUSTAVO GUZMÁN,