En razón de los motivos de hecho y de derecho expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO FALCON, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la pretensión de la demanda incoada por la ciudadana BERNARDA RAMONA DURANGO PAEZ, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. 9.514.974, con domicilio en la población de Capatárida, Municipio Buchivacoa del Estado Falcón; contra la entidad de trabajo DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA, adscrita al TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA; en el juicio incoado por cobro de Prestaciones Sociales. SEGUNDO: No hay condenatoria en aplicación de lo previsto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.