Por todo lo anteriormente expuesto es que éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con Sede en ésta ciudad de Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en el presente asunto seguida por ante éste Tribunal, signada con el número IJ11-S-2001-000040, a favor de los ciudadanos: RODRIGUEZ ALVAREZ JOSÉ ALBERTO, venezolano, titular de la cédula de identidad nro. 16.196.515, y TREJO VIVAS JHONNY ALFONZO, venezolano, titular de la cédula de identidad nro. 14.801.747, todo ello en atención a lo pautado en el numeral Tercero del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo y visto que en el presente asunto se efectuó la experticia química de la sustancia incautada por parte de expertos adscritos al Laboratorio Central de la Guardia Nacional con sede en la ciudada de Caracas, y tomando en consideración lo previsto en el artículo 146.....