Por estas razones este tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta el archivo de las actuaciones que conforman el presente asunto con fundamento en el contenido del articulo 314 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia el cese de las medidas cautelares y la condición de imputado del Ciudadano: Jean Carlos Lugo Gutierrez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.629.153, residenciado en la Urbanización Los Medanos Manzana A-08,Coro, Estado Falcón. Notifiquese.
La Juez Primero de Control
Abog. Gloria Vargas Vargas
El Secretario
Abog. Daniel Torres
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
El Secretario