Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, HOMOLOGA el acuerdo de las partes y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, le otorga el carácter de COSA JUZGADA. Asi mismo Déjese copia certificada por secretaria de la presente sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva, de conformidad con lo establecido en el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el Artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 4 del Artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por último se ordena el archivo definitivo del presente y déjese constancia en el Libro Diario de Labores y libro de causas llevado por este Juzgado.