DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: SE DECRETA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados LUIS DANIEL GUARECUCO BARRENO, EDWIN JESUS PEREZ ORTIZ Y EDWIN JAVIER ARCAYA BRETT, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y adicionalmente para el ciudadano EDWIN JAVIER ARCAYA BRETT, USO DE FACSIMIL previsto y sancionado en el articulo 114 de la LEY PARA EL DESARME Y CONTROL DE ARMAS Y MUNICIONES en perjuicio de las ciudadanas NERLYS LUQUEZ MANZANO, MARIBEL LOURDES MARIN RAMOS y el estado venezolano, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal......