En virtud de lo expuesto, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO RÉGIMEN Y DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por la autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Procedente la Medida Cautelar solicitada por la abogada en ejercicio CAROLINA SOCORRO SANCHEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 28.969, obrando en nombre de la empresa del Estado, HIDROLOGICA DE LOS MEDANOS FALCONIANOS COMPAÑÍA ANONIMA, (HIDROFALCON C.A.), referida a la suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa No. 094-01-2013, dictada por la ciudadana MAYURY BEATRIZ VALLES RICO, Inspectora del Trabajo, de esta ciudad de Punto Fijo del Estado Falcón, el día 9 de enero de 2013; en el expediente distinguido 053-2012-01-00303, en el procedimiento por Reenganche y Pago de Salarios Caídos intentado por el ciudadano EDUARDO JOSE ULACI.....