III. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y Jurisprudencial expuestas ut supra, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Hecho formulado por el abogado Ángel Rubén Mata, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.999.740, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 145.428, actuando como apoderado Judicial del ciudadano Marco Antonio Mauco Noda, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.993.347, contra el Auto de fecha 08 de abril de 2013, dictado por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, en la cual declaró Inadmisible p.....