Por todo lo antes expuesto éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad Acuerda: Revisar: la medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano: Endy Molina Morillo por la presunta comisión del delito de delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópica, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en perjuicio del Estado Venezolano; y se le IMPONE la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el artículo 256 ordinales 3° referente a la presentación periódica ante la Oficina del Alguacilazgo de éste Circuito Penal cada ocho (08) días. Así mismo se le impone del contenido del 262 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente.-