Con base a todos los razonamientos de hecho y de derecho que han sido expresados en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO, TANTO DEL NUEVO RÉGIMEN COMO DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: SIN LUGAR, la demanda que por motivo de Calificación de Despido, Reenganche y Pago de Salarios Caídos, incoara la ciudadana ARLENY MILAGRO ROMERO REVILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº: V-4.793.177, en contra de BARIVEN S.A. Filial de Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (PDVSA).
No hay condenatoria en costas en atención a la interpretación dada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 172, de fecha 18 de febrero de 2004.