Por todo lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: ADMISIBLE la inhibición del Abogado Rangel Alexander Montes Chirinos, Juez integrante de la Corte de Apelaciones y, en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 96 del Código Orgánico Procesal Penal se apertura la incidencia probatoria de tres días para que las partes promuevan y evacuen las pruebas que juzguen pertinentes, a los fines de decidir al cuarto día sobre el fondo de la inhibición planteada.
Notifíquese a las partes. Líbrense boletas de notificación.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones, a los 17 días del mes de noviembre de 2003. Años: 193° y 144°.
GLENDA ZULAY OVIEDO RANGEL
JUEZA PRESIDENTE ANA MARÍA PETIT
SECRETARIA
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