EL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS COLINA Y PETIT DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO. En consecuencia; se ordena la rectificación de la partida de nacimiento del ciudadano JOSE NICOLAS PAZ LUGO, signada con el N° 149, folio 78, Tomo 1, correspondiente al año 1961 emanada del Registro Civil de la Parroquia Curimagua Municipio Petit del Estado Falcón, en el sentido que se rectifique el nombre de su progenitor para que aparezca como NICOLAS PAZ RAMOS y no JOSE NICOLAS PAZ RAMOS como incorrectamente se asentó.
Se ordena la rectificación del nombre del solicitante, para que aparezca en el acta de nacimiento como JOSE NICOLAS PAZ LUGO y NO como JOSE NICOLAS PAZ LUGOS como incorrectamente se asentó, ya que el nombre de su progenitora .....