Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por el Abogado PEDRO ROBERTO VELAZCO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 3.408, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada Empresa PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMICOS, S.A. (PANTERSA), en contra del Auto de Admisión de Pruebas de fecha 05 de Octubre de 2009, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, mediante el cual ADMITE las pruebas promovidas por la parte demandante, en cuanto a las pruebas promovidas por la parte demandada Empresa PANAMERICANA DE AISLAMIENTOS TERMICOS, S.A. (PANTERSA), las ADMITE a excepción del Mérito Favorable de las Actas Procesal.....