Con fundamento en los hechos analizados, las normas aplicables al caso concreto y los criterios doctrinarios y jurisprudenciales utilizados, así como todos los razonamientos y motivos que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, procediendo en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el presente recurso de apelación contra la sentencia que declaró inadmisible la Acción de Amparo Constitucional de autos.
SEGUNDO: INADMISIBLE la presente Acción de Amparo Constitucional ejercida por el ciudadano FRANCISCO JAVIER GARCÍA AARON, identificado con la cédula de identidad No. V-9.587.950, contra la Sociedad Mercantil ACCIÓN AGUA, S. A., por la omisión de cumplir la Providencia Administrativa No. 055-2012, de fecha 21 de septiembre de 2012, emanada de la Inspectoría del Trabajo Estado Falcón, a.....