En consecuencia, esta Juzgadora declara: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Prueba anticipada, respecto a la Evacuación del testimonio del niño quien será evacuado en calidad de TESTIGO J.J.M (IDENTIDAD OMITIDA) en el presente caso. Siendo así; se fija Acto para la Evacuación de la testimonial solicitada, para el día VIERNES (18) DE DICIEMBRE DE 2015, A LAS 10:00 AM, conforme a lo establecido en el artículo 289 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión expresa del único aparte del articulo 67 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por la Fiscalía Veinte del Ministerio Publico, en cuanto a la designación y juramentación del INGENIERO QUIMICO HECTOR MORAN, ADSCRITO A la facultad de salud de la Universidad nacional experimental Francisco de Miranda (UNEFM). En tal sentido se DESIGNA COMO EXPERTO al INGENIERO QUIMICO HECTOR MORAN en aras de realizar la EXPERTICIA TOXICOLOGICA a la.....