DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: NIEGA el otorgamiento de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, del ciudadano ROMER RAMON GAUNA HURTADO de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.879684, nacido en fecha 30/03/1992, de 19 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio: Estudiante, Hijo Carmen Hurtado y Ramón Gauna; teléfono: 0426-263.49.04, residenciado Pueblo Nuevo, Calle Falcón, con Callejón Colon, casa s/n, color Azul Claro, Municipio Falcón; a quien se le sigue el presente asunto penal por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, y en consecuencia, acuerda MANTENER la Privación Judic.....