Por las razones antes expuestas, este Tribunal Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Urumaco de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Rectificación del Acta de Nacimiento del Ciudadano: EDWIN LEONARDO RIERA RIERA, plenamente identificado en autos; en tal sentido, ordena que se Rectifique el error mencionado en el ACTA DE NACIMIENTO NRO. 63, término siguiente: el estado Civil de mi progenitor le colocaron VIUDO siendo el correcto SOLTERO, como real y legalmente corresponde. Ofíciese lo conducente al Registro Principal del Estado Falcón, a los fines de dar cumplimiento a lo previsto en el Artículo 502 del Código Civil, en concordancia con lo establecido en el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y con el Artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Publíquese y Regístrese la presente Decisión e insértese Copia Certificada de la mi.....