esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE el recurso de revisión ejercido en el expediente principal Nº IP01-P-2009-003877, por el ciudadano OSMAR JOSÉ TÓRRES GONZÁLEZ, en su condición de Director de la Comunidad Penitenciaria de Coro, ante el Juzgado de Primera Instancia en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, a favor del ciudadano, penado ROLANDO GONZÁLEZ ARTEAGA, antes identificado, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal que lo condenó a cumplir la pena de VEINTE AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de SECUESTRO AGRAVADO en grado de Coautor y ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR, conforme a lo establecido en el artículo 376 del derogado Código Orgánico Procesal Penal, por el procedimiento por admisión de los.....