Fue recibida por distribución de fecha Diez (10) de Enero de dos mil veintitrés (2023), solicitud de DIVORCIO (MUTUO CONSENTIMIENTO), dándosele entrada en fecha 12-01-2023 y en el mismo auto se dicta despacho saneador conforme a lo previsto en los Artículos 7, 10, 11 y 206 del Código de Procedimiento Civil, motivado a error en la identificación (nombres y apellidos) indicados en el escrito de solicitud, firmada por los solicitantes, no se corresponden con los nombres observados en las copias de las respectivas cedulas de los solicitantes ni en la copia certificada del Acta de Matrimonio n° 14 de fecha 24 de Marzo del 2015.