A este respecto se observa, que en fecha 21 de Febrero de 2008, la parte demandante, ciudadana: Maria Cristina Laconcha de Romero, suministra las copias necesarias requeridas en el mencionado auto de admisión, con el objeto de que se cite a la parte demandada, ciudadano: Carlos Alberto céspedes García; dejando constancia de ello el Tribunal mediante auto que corre al folio 07 del presente expediente, a través del cual se libraron los recaudos de citación y se entregaron al Alguacil para su práctica.
De esta manera se observa que la parte actora, cumplió con las exigencias legales para activar la citación del demandado dentro del plazo de treinta días que concede el ordinal 1º del articulo 267 del Código de Procedimiento Civil, tal como se indicó anteriormente, denotándose que el actor dentro del lapso de treinta días impulsó la citación del demandado, y en este sentido, corresponde al Alguacil del Tribunal practicar la citación, de acuerdo al articulo 218 de la norma adjetiva Civi.....