este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal Decreta: Medida Cautelar de privación judicial preventiva de Libertad en contra del ciudadano : FRANK REINALDO VELÁSQUEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 11.475.659 y domiciliado en la urbanización Playa Blanca, Primera Calle, Casa 01, N° 53-23, Cumarebo, Estado Falcón por considerar que el mismo es autor o partícipe en la comisión del delito de ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el Artículo 31 Segundo Aparte de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. El procedimiento se regirá por las reglas del procedimiento ordinario, conforme lo ha solicitado el Ministerio Público. Se acuerda la destru.....